Verdemar-Ecologistas en Acción señala que la contaminación lumínica se define como la emisión de flujo luminoso, por fuentes artificiales de luz constituyentes del alumbrado nocturno, con intensidades, direcciones o rangos espectrales inadecuados para la realización de las actividades previstas en la zona alumbrada.
Verdemar-Ecologistas en Acción apunta que las causas provienen de:
El uso de luminarias (farolas, proyectores o focos, etc) que, debido a un mal diseño luminotécnico o a una colocación inapropiada, dejan escapar parte del flujo luminoso fuera del área que se necesita iluminar.
El exceso de flujo lumínico o iluminación produce importantes e innecesarias pérdidas de luz por reflexión en el suelo y demás objetos sobreiluminados.
La falta de inteligencia en el diseño de las instalaciones de alumbrado que en la mayoría de ocasiones exceden la potencia necesaria lo que conlleva un gasto energético innecesario. Asimismo no se dimensiona bien ni el número de luminarias, la interdistancia, altura, etc lo que conlleva una baja uniformidad en el alumbrado que se traduce en que se necesita más potencia para que la percepción de luminosidad sea buena y a su vez provoca reflexiones, deslumbramientos e intrusión lumínica.
Para Verdemar existen propuestas que pasan por la aplicación de reglas sencillas y lógicas como son emplear de forma generalizada farolas apantalladas donde la bombilla este instalada horizontalmente -paralela al suelo- y que dirijan el flujo luminoso únicamente hacia abajo; usar preferentemente lámparas de vapor de sodio de baja presión (VSBP), las más eficientes energéticamente, y de una potencia adecuada al uso; restringir el horario de la iluminación ornamental; limitar la iluminación de vallas y postes publicitarios y establecer un horario de apagado; prohibir los cañones de luz o láser, y cualquier proyector que envíe luz al cielo; usar proyectores asimétricos sin inclinación o con rejillas antideslumbrantes; y reducir el consumo en horas de menor actividad mediante la bajada de tensión en la red pública o el apagado selectivo de luminarias (el IDAE estima que sólo el 27% de la potencia instalada consta de sistemas de regulación del flujo luminoso y apenas un 5% cuenta con un sistema de control centralizado para su encendido y apagado).
Nada hay que impida hacerlo salvo la voluntad de dar el paso: las Comunidades Autónomas de Canarias, Cataluña, Navarra e Islas Baleares ya tienen leyes al respecto, otras están en proceso de elaboración o trámite, numerosas ordenanzas municipales tratan el problema, y existe una declaración de reconocimiento del valor cultural del cielo nocturno y de la necesidad de preservarlo para la ciencia y las generaciones venideras.